{"id":3646,"date":"2021-01-02T12:39:05","date_gmt":"2021-01-02T12:39:05","guid":{"rendered":"http:\/\/www.movimientocaamanista.com\/?p=3646"},"modified":"2021-01-21T23:14:16","modified_gmt":"2021-01-21T23:14:16","slug":"cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.movimientocaamanista.com\/?p=3646","title":{"rendered":"\u00bfCu\u00e1les son los 4 tipos de deuda p\u00fablica que no se pueden reembolsar?"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>Eric Toussaint<\/strong>\u00a0,\u00a0<strong>Olivier Bonfond<\/strong>\u00a0,\u00a0<strong>Mats Lucia Bayer<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: <a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar\">CADTM<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>La gran mayor\u00eda de la poblaci\u00f3n europea y mundial cree hoy que siempre hay que pagar una deuda. Detr\u00e1s de esta idea hay un argumento moral sencillo y aparentemente imparable: si has pedido dinero prestado es normal devolverlo, lo contrario es deshonestidad o robo. Sin embargo, es conocer mal el derecho internacional decir que una deuda p\u00fablica siempre debe ser pagada. Por un lado, porque una deuda es un contrato entre dos partes y, como todo contrato, deben cumplirse determinadas condiciones para que sea v\u00e1lido. Por otro lado, muchos pactos y tratados internacionales establecen muy claramente que los derechos humanos son superiores a los derechos de los acreedores. En general, hay un tipo de deudas p\u00fablicas cuyo pago puede ser suspendido y tres tipos de deudas que pueden ser anuladas.<\/p>\n\n\n\n<p>B\u00e1sicamente, existe un tipo de deuda p\u00fablica que se puede suspender y 3 tipos de deuda que se pueden cancelar.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\" id=\"1_deudas_insostenibles_deudas_cuyo_reembolso_impide_al_gobierno_cumplir_con_sus_obligaciones_en_materia_de_derechos_fundamentales_derecho_a_la_educacion_salud_etc\">1) Deudas insostenibles: deudas cuyo reembolso impide al gobierno cumplir con sus obligaciones en materia de derechos fundamentales (derecho a la educaci\u00f3n, salud, etc.),\u2026)<\/h3>\n\n\n\n<p>Para declarar una&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Deuda\"><em>deuda<\/em><\/a>&nbsp;insostenible y decretar unilateralmente la suspensi\u00f3n del pago de la deuda, un Estado puede basarse en el derecho internacional y en 3 conceptos legales: el estado de necesidad, el cambio fundamental de circunstancias y la fuerza mayor.<\/p>\n\n\n\n<p>En la Carta de las Naciones Unidas, coraz\u00f3n del derecho internacional y documento que los Estados est\u00e1n obligados a respetar, leemos: \u00abEn caso de conflicto entre las obligaciones de los miembros de las Naciones Unidas en virtud de esta Carta y sus obligaciones bajo cualquier otro acuerdo internacional, prevalecer\u00e1n las primeras\u00bb .<\/p>\n\n\n\n<p>La Comisi\u00f3n de Derecho Internacional de la ONU tambi\u00e9n declar\u00f3 en 1980 :&nbsp;<em>\u00ab No se puede esperar que un Estado cierre sus escuelas, sus universidades y sus tribunales, que abandone los servicios p\u00fablicos de tal manera que entregue a su comunidad al caos simplemente para as\u00ed disponer del dinero para pagar a sus acreedores extranjeros o nacionales. Hay l\u00edmites a lo que se puede esperar de un Estado, al igual que de un individuo \u00bb<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<p>El Estado de Necesidad&nbsp;es un concepto de derecho reconocido por cortes y tribunales internacionales y definido en el art\u00edculo 25 del proyecto de art\u00edculos sobre la responsabilidad del Estado de la Comisi\u00f3n de Derecho Internacional de las Naciones Unidas (CDI). Esta noci\u00f3n establece que un Estado puede renunciar a proseguir con el pago de la deuda porque la situaci\u00f3n objetiva (de la que no es responsable) amenaza gravemente a la poblaci\u00f3n y la prosecuci\u00f3n del pago de la deuda le impide satisfacer las necesidades m\u00e1s urgentes de la poblaci\u00f3n. Este concepto tambi\u00e9n es objeto de jurisprudencia. Por ejemplo, en el caso Socobel, que data de 1939 y que opon\u00eda a la Soci\u00e9t\u00e9 Commerciale de Belgique y el gobierno griego, el consejo de gobierno hel\u00e9nico subrayaba el hecho de que \u201cla doctrina admite sobre este tema que el deber de un gobierno de asegurar el buen funcionamiento de sus servicios p\u00fablicos prima sobre el de pagar sus deudas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El cambio fundamental de circunstancias&nbsp;La jurisprudencia sobre la aplicaci\u00f3n de tratados y contratos internacionales reconoce que un cambio fundamental en las circunstancias puede impedir la ejecuci\u00f3n de un contrato. Por tanto, el reembolso de una deuda puede suspenderse si las circunstancias cambian fundamentalmente m\u00e1s all\u00e1 de la voluntad del deudor. Esta noci\u00f3n es perfectamente aplicable en el caso de la actual crisis de COVID: epidemia muy grave y en expansi\u00f3n, ca\u00edda dr\u00e1stica de la actividad econ\u00f3mica, fuga de capitales, ca\u00edda repentina del precio de las materias primas, etc.<\/p>\n\n\n\n<p>El caso de fuerza mayor&nbsp;. Se trata de una norma consagrada en la Convenci\u00f3n de Viena de 1969 sobre el derecho de los tratados, as\u00ed como en muchas leyes nacionales, principalmente en el \u00e1mbito de los contratos. Tambi\u00e9n es parte del derecho internacional consuetudinario. La Comisi\u00f3n de Derecho Internacional de la ONU (CDI) lo define como: \u00ab<em>evento imprevisto ajeno a la voluntad de quien lo invoca, que le imposibilita actuar legalmente y respetar su obligaci\u00f3n internacional<\/em>\u00bb . La jurisprudencia internacional tambi\u00e9n reconoce este argumento para justificar la suspensi\u00f3n del pago de la deuda a los acreedores. Entre las sentencias que han reconocido la aplicabilidad de la fuerza mayor a las relaciones financieras se encuentra el \u00abAsunto de las indemnizaciones rusas\u00bb&nbsp;[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nb1\">1<\/a>]&nbsp;que opuso a Turqu\u00eda a la Rusia zarista (Turqu\u00eda hab\u00eda atravesado una grave crisis financiera entre 1889 y 1912 que le impidi\u00f3 cumplir con sus reembolsos): la Corte Permanente de Arbitraje reconoci\u00f3 lo bien fundado del argumento de fuerza mayor presentado por el gobierno turco al especificar que \u00abel&nbsp;<em>derecho internacional debe adaptarse a las necesidades pol\u00edticas<\/em>\u00bb .<\/p>\n\n\n\n<p>Algunas observaciones importantes:<\/p>\n\n\n\n<p>Para la mayor\u00eda de los pa\u00edses del Sur, en los que los derechos humanos son violados de manera regular y flagrante, una suspensi\u00f3n inmediata del pago de la deuda est\u00e1 plenamente justificada. Pero tal suspensi\u00f3n tambi\u00e9n est\u00e1 justificada para los pa\u00edses del Norte. En efecto, la crisis de COVID ha provocado un cambio fundamental en las circunstancias, independientemente de la voluntad de los Estados. Adem\u00e1s, en un momento en el que la pobreza y la precariedad est\u00e1n explotando en Europa, y en un momento en el que se hace m\u00e1s que urgente operar una transformaci\u00f3n radical de nuestros patrones de producci\u00f3n y consumo si queremos evitar una cat\u00e1strofe clim\u00e1tica y medio ambiental ya en marcha, los Estados del norte podr\u00edan y deber\u00edan reafirmar en\u00e9rgicamente la superioridad de los derechos humanos sobre el derecho de los acreedores y el derecho comercial, y declarar sus deudas insostenibles, por motivos de estado de necesidad y de fuerza mayor. La ley es generalmente el reflejo de la correlaci\u00f3n de fuerzas, pero tambi\u00e9n puede convertirse en un instrumento de lucha por la emancipaci\u00f3n social.<\/p>\n\n\n\n<p>Si un Estado suspende el pago de una deuda sobre la base de alguno de estos conceptos, la legitimidad o no de esta deuda no tiene ninguna importancia. Incluso si la deuda reclamada al pa\u00eds fuera leg\u00edtima, eso de ninguna manera impide que este pa\u00eds suspenda su pago.<\/p>\n\n\n\n<p>Las y los l\u00edderes liberales siguen afirmando que una suspensi\u00f3n de pagos ser\u00eda un desastre y causar\u00eda un caos econ\u00f3mico y financiero. Nada es menos seguro. Eduardo Levy Yeyati y Ugo Panizza, dos ex economistas del Banco Interamericano de Desarrollo, tras su investigaci\u00f3n sobre incumplimientos de pago en unos 40 pa\u00edses, afirman que&nbsp;<em>\u00ablos per\u00edodos de incumplimiento marcan el comienzo de la recuperaci\u00f3n econ\u00f3mica<\/em>&nbsp;[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nb2\">2<\/a>]\u00bb . Joseph Stiglitz, premio Nobel de Econom\u00eda, sostiene que las consecuencias catastr\u00f3ficas de una moratoria de la deuda no son reales: \u201c<em>Emp\u00edricamente, hay muy pocas pruebas que respalden la idea de que un incumplimiento de como resultado un largo per\u00edodo de exclusi\u00f3n del acceso a los mercados financieros . Rusia pudo volver a solicitar pr\u00e9stamos en los mercados financieros dos a\u00f1os despu\u00e9s de su incumplimiento declarado unilateralmente, sin consultar previamente con los acreedores. [&#8230;] En consecuencia, en la pr\u00e1ctica, la amenaza de ver cerrado el grifo del cr\u00e9dito no es real<\/em>\u00ab. En su informe\u00bbA distant mirror of Debt, Default and Relief (Un espejo lejano de la deuda, el incumplimiento y el alivio)&#8221;, Carmen Reinhart y Christoph Trebesch analizan alrededor de cincuenta casos de crisis de deuda en econom\u00edas \u201cemergentes\u201d y \u201cavanzadas\u201d. Sus conclusiones son: los pa\u00edses que han reducido su deuda (mediante incumplimiento o reestructuraci\u00f3n) han visto aumentar su ingreso nacional y su crecimiento, la carga del&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Servicio-de-la-deuda\"><em>servicio de la deuda<\/em><\/a>&nbsp;(y su stock) disminuyen y su acceso a los mercados financieros mejora. Mostraremos en la siguiente pregunta varios ejemplos concretos que confirman que la suspensi\u00f3n de pago puede resultar positiva.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\" id=\"2_deudas_odiosas_deudas_de_dictaduras_o_deudas_utilizadas_contra_los_intereses_de_la_poblacion_y_cuando_el_acreedor_lo_sabe_o_esta_en_condiciones_de_saberlo\">2) Deudas odiosas: deudas de dictaduras o deudas utilizadas contra los intereses de la poblaci\u00f3n y cuando el acreedor lo sabe o est\u00e1 en condiciones de saberlo.<\/h3>\n\n\n\n<p>Apoy\u00e1ndose en una serie de casos hist\u00f3ricos concretos, el jurista Alexander Sack&nbsp;[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nb3\">3<\/a>]&nbsp;desarroll\u00f3 en 1927 la doctrina de la&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Deuda-odiosa,1373\"><em>deuda odiosa<\/em><\/a>&nbsp;. Deben considerarse dos casos.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Primer caso : las deudas de dictaduras o ex-colonias<\/p>\n\n\n\n<p>Pueden calificarse de odiosas las deudas contra\u00eddas por dictaduras o reg\u00edmenes autoritarios que conduzcan a graves violaciones de los derechos civiles, pol\u00edticos, econ\u00f3micos, sociales y culturales de las poblaciones. Sack escribe: &#8220;Si un poder desp\u00f3tico contrae una deuda no para las necesidades y los intereses del Estado, sino para fortalecer su r\u00e9gimen desp\u00f3tico, para reprimir a la poblaci\u00f3n que lo combate, esta deuda es odiosa para la poblaci\u00f3n del Estado por entero. Esta deuda no es obligatoria para la naci\u00f3n: es una deuda de r\u00e9gimen, la deuda personal del poder que la contrajo, por lo que cae con la ca\u00edda de este poder \u201d&nbsp;[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nb4\">4<\/a>]<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de las dictaduras, el destino de los pr\u00e9stamos no es, por tanto, fundamental para la caracterizaci\u00f3n de la deuda. De hecho, apoyar econ\u00f3micamente a un r\u00e9gimen criminal, incluso si es para financiar hospitales o escuelas, equivale a consolidar su r\u00e9gimen, a permitirle mantenerse. Primero, ciertas inversiones \u00fatiles (carreteras, hospitales, etc.) pueden luego utilizarse con fines odiosos, por ejemplo, para apoyar el esfuerzo b\u00e9lico. Luego, el principio de fungibilidad de fondos significa que un gobierno que oficialmente toma prestado para fines \u00fatiles a la poblaci\u00f3n puede en realidad utilizar estos fondos para otros fines, contrarios al&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Interes\"><em>inter\u00e9s<\/em><\/a>&nbsp;general.<\/p>\n\n\n\n<p>Recordemos tambi\u00e9n que las y los prestamistas tienen una obligaci\u00f3n de vigilancia: no pueden prestar a cualquiera, y en particular a dictaduras notorias. Por regla general, existen informes oficiales de organizaciones de derechos humanos o de Naciones Unidas que permiten a las y los prestamistas potenciales conocer la situaci\u00f3n de los derechos humanos en diferentes pa\u00edses. Por lo tanto, no pueden aducir su ignorancia y no pueden exigir que se les pague. Jospeh Stiglitz, premio Nobel de econom\u00eda escribe:&nbsp;<em>\u00abCuando el&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/FMI-Fondo-monetario-internacional-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056-1056\"><em>FMI<\/em><\/a>&nbsp;y el&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Banco-mundial,762\"><em>Banco Mundial<\/em><\/a>&nbsp;estaban prestando dinero a Mobutu, (&#8230;) sab\u00edan (o deber\u00edan haber sabido) que estas sumas, en su mayor parte, no se utilizar\u00edan para ayudar a los pobres de este pa\u00eds sino para enriquecer a Mobutu. A este l\u00edder corrupto se le pagaba para mantener a su pa\u00eds firmemente alineado con Occidente\u00bb<\/em>. STIGLITZ Joseph,&nbsp;<em>La grande d\u00e9sillusion<\/em>&nbsp;, Fayard, 2002. \u2028<\/p>\n\n\n\n<p>Las deudas odiosas son numerosas en los pa\u00edses del Sur: dictadura de Suharto en Indonesia (1965-1998), dictadura de Mubarak en Egipto (1981-2011), dictadura de Mobutu en Zaire \/ RDC (1965-1997), dictadura de Pinochet en Chile (1973-1990), dictadura de Ben Ali en T\u00fanez (1987-2011),\u2026 Pero tambi\u00e9n las hay en los pa\u00edses del Norte. No olvidemos la dictadura de Salazar en Portugal de 1933 a 1974, la dictadura de Franco en Espa\u00f1a de 1939 a 1975, la dictadura de los coroneles en Grecia de 1964 a 1974. Aunque haya menos dictaduras notorias en nuestro tiempo, todav\u00eda hay algunas: Arabia Saudita, Egipto, Chad, Siria,\u2026 Todos los contratos de deuda con estos pa\u00edses pueden y deben ser denunciados.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n debemos considerar todas las deudas contra\u00eddas por las potencias coloniales para colonizar el pa\u00eds y contra\u00eddas con cargo a la colonia. Alexander-Nahum Sack, el te\u00f3rico de la deuda odiosa, especifica en su tratado jur\u00eddico de 1927:&nbsp;<em>\u00abCuando el gobierno contrae deudas para esclavizar a la poblaci\u00f3n de una parte de su territorio o para colonizar \u00e9ste, estas deudas son odiosas para la poblaci\u00f3n ind\u00edgena de esa parte del territorio del Estado deudor\u00bb<\/em>&nbsp;[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nb5\">5<\/a>]<\/p>\n\n\n\n<p>Esta noci\u00f3n es objeto de una importante jurisprudencia, en particular a trav\u00e9s del Tratado de Versalles de 1919, que cancela las deudas contra\u00eddas por Alemania para colonizar parte de Polonia y \u00c1frica. El Tratado establece que los acreedores que han prestado a Alemania para proyectos en territorio polaco solo pueden reclamar las deudas a esa potencia y no a Polonia. El art\u00edculo 255 del Tratado de Versalles establece:&nbsp;<em>\u00abEn lo que concierne a Polonia, la fracci\u00f3n de la deuda cuyo origen la Comisi\u00f3n de reparaciones atribuya a las medidas tomadas por los gobiernos alemanes y prusianos para la colonizaci\u00f3n alemana de Polonia ser\u00e1 excluida de la proporci\u00f3n imputada a \u00e9sta\u00bb<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<p>En el mismo sentido, despu\u00e9s de la Segunda Guerra Mundial, el tratado de paz entre Francia e Italia de 1947 declara&nbsp;<em>\u00abinconcebible que Etiop\u00eda deba soportar el peso de las deudas contra\u00eddas por Italia para asegurar su dominio sobre el territorio et\u00edope\u00bb<\/em>&nbsp;.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando se produjo la independencia de sus colonias africanas, B\u00e9lgica, Francia y Gran Breta\u00f1a buscaron, generalmente con \u00e9xito, obligar a las autoridades de los nuevos Estados independientes a asumir la totalidad o parte de las deudas contra\u00eddas para colonizarlos. Esto constituye una grav\u00edsima violaci\u00f3n del derecho internacional y un acto que no puede quedar impune. Todas estas deudas llevan el sello de la nulidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Nota importante: todas las deudas contra\u00eddas para el pago de deudas consideradas odiosas tambi\u00e9n deben ser calificadas como odiosas. La&nbsp;<em>New Economic Foundation<\/em>&nbsp;[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nb6\">6<\/a>]&nbsp;asimila correctamente los pr\u00e9stamos destinados a devolver pr\u00e9stamos odiosos a una operaci\u00f3n de blanqueo de capitales. La herramienta de la auditor\u00eda debe permitir determinar la legitimidad o no de estos pr\u00e9stamos.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Segundo caso: deuda contra\u00edda en contra de los intereses de la poblaci\u00f3n y con pleno conocimiento de los acreedores<\/p>\n\n\n\n<p>Contrariamente a lo que afirman a menudo acad\u00e9micos o movimientos sociales refiri\u00e9ndose a la doctrina de la deuda odiosa, Sack no considera el hecho de que el Estado deudor sea un r\u00e9gimen desp\u00f3tico como condici\u00f3n sine qua non para que una deuda pueda ser calificada de odiosa. En efecto, Sack define los dos criterios que deben cumplirse para que una deuda sea considerada odiosa: debe haber sido contra\u00edda contra los intereses de la Naci\u00f3n, o contra los intereses del Pueblo, o contra los intereses del Estado; los acreedores no pueden demostrar que no pod\u00edan saber que la deuda hab\u00eda sido contra\u00edda en contra de los intereses de la Naci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo tanto, la naturaleza del r\u00e9gimen o del gobierno que la contrata no es importante. Lo que cuenta es el uso que se haga de esta deuda. Si un gobierno democr\u00e1tico se endeuda contra los intereses del pueblo, esta deuda puede calificarse de odiosa, si adem\u00e1s cumple la segunda condici\u00f3n. Y a\u00f1ade:&nbsp;<em>\u00abEstablecidos estos dos puntos, corresponder\u00eda a los acreedores probar que los fondos producidos por dichos pr\u00e9stamos en realidad fueron utilizados no para necesidades odiosas, perjudiciales para la poblaci\u00f3n de todo o parte del Estado, sino para necesidades generales o especiales de ese Estado\u00bb&nbsp;<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<p>Como veremos en la pregunta 5, esta noci\u00f3n de deuda odiosa es objeto de una jurisprudencia importante y concreta.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuatro estados de los Estados Unidos fueron los precursores en la d\u00e9cada de 1830; fueron Mississippi, Arkansas, Florida y Michigan. Los motivos del repudio fueron el mal uso de los fondos prestados y la deshonestidad tanto de prestatarios como de prestamistas. M\u00e9xico sigui\u00f3. En 1861 y nuevamente en 1867, M\u00e9xico declar\u00f3 odiosas las deudas contra\u00eddas de 1857 a 1860 y de 1863 a 1867, y las repudi\u00f3 unilateralmente. Despu\u00e9s de la Guerra Civil (1861-1865), el gobierno federal del presidente Abraham Lincoln oblig\u00f3 a los Estados del sur a repudiar las deudas que hab\u00edan contratado para librar la guerra para defender el r\u00e9gimen esclavista.<\/p>\n\n\n\n<p>En 1898, la deuda de Cuba reclamada por Espa\u00f1a a los Estados Unidos fue declarada odiosa y cancelada. En 1918, el gobierno de los soviets repudi\u00f3 la odiosa deuda contra\u00edda por el r\u00e9gimen zarista. En 1922, la deuda de Costa Rica reclamada por el&nbsp;<em>Royal Bank of Canada<\/em>&nbsp;fue declarada odiosa y cancelada por la Asamblea Constituyente de Costa Rica. Posteriormente, el Presidente de la Corte Suprema de Estados Unidos, en un arbitraje, fall\u00f3 a favor de Costa Rica (ver pregunta 5).<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\" id=\"3_deudas_ilegales_deudas_que_no_respetan_la_constitucion_o_las_leyes_vigentes_en_materia_contractual\">3) Deudas ilegales: deudas que no respetan la Constituci\u00f3n o las leyes vigentes en materia contractual.<\/h3>\n\n\n\n<p>Una deuda es un contrato entre dos partes. Sin embargo, para que este contrato se considere v\u00e1lido, deber\u00e1 cumplir con un conjunto de condiciones y procedimientos legales, tanto a nivel de derecho nacional como internacional, en cuyo defecto podr\u00e1 ser declarado nulo. Hay muchos elementos que pueden convertir una deuda en ilegal. A continuaci\u00f3n se muestran algunos.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Incumplimiento de tratados internacionalesdes<\/p>\n\n\n\n<p>Ejemplo: los estados europeos que prestaron a Grecia en 2010, 2012 y 2015 violaron sus obligaciones en virtud del derecho internacional y el derecho de la Uni\u00f3n. En efecto, las condiciones impuestas presentes en estos contratos de pr\u00e9stamo implicaban la violaci\u00f3n de derechos socio-econ\u00f3micos fundamentales. Ahora bien, los Estados miembros de la zona euro son signatarios del Pacto Internacional de Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales (PIDESC) y, como tales, est\u00e1n sujetos al cumplimiento de las obligaciones previstas en este Pacto, incluso fuera de su territorio nacional respectivo. Adem\u00e1s, el art\u00edculo 9 del Tratado sobre el Funcionamiento de la UE (TFUE) establece: \u201cAl definir e implementar sus pol\u00edticas y acciones, la Uni\u00f3n tiene en cuenta los requisitos vinculados a la promoci\u00f3n de un alto nivel de empleo, a la garant\u00eda de una protecci\u00f3n social adecuada, a la lucha contra la exclusi\u00f3n social as\u00ed como a un alto nivel de educaci\u00f3n, de formaci\u00f3n y de protecci\u00f3n de la salud humana \u201d. Las condiciones presentes en estos contratos preparados, que implican la destrucci\u00f3n de muchos puestos de trabajo y ataques muy duros a la seguridad social griega, violan directamente este art\u00edculo 9<\/p>\n\n\n\n<p><br>Incumplimiento de la constituti\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>Para que una deuda sea v\u00e1lida, a veces se requiere el consentimiento de una persona o instituci\u00f3n. En varios pa\u00edses, el parlamento tiene jurisdicci\u00f3n y debe ser consultado antes de contraer una deuda.<\/p>\n\n\n\n<p>Ejemplo: en Grecia, los pr\u00e9stamos celebrados con la&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Troika,765\"><em>Troika<\/em><\/a>&nbsp;en 2010 se aplicaron sin que el Parlamento hubiera sido consultado y los hubiera ratificado, aunque era una obligaci\u00f3n constitucional. En efecto, los art\u00edculos 28 y 36 de la Constituci\u00f3n griega establecen que el Parlamento debe dar su consentimiento para validar cualquier acuerdo internacional.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Incumplimiento de la ley<\/p>\n\n\n\n<p>Ejemplo: la ley francesa estipula que \u00ablas autoridades locales legalmente solo pueden actuar por razones de inter\u00e9s general de car\u00e1cter loca\u00bbl. Todos los pr\u00e9stamos \u00abt\u00f3xicos\u00bb vendidos a las autoridades locales francesas que se basan en la&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Especulacion\"><em>especulaci\u00f3n<\/em><\/a>&nbsp;pueden por tanto considerarse ilegales.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Dolo o estafa<\/p>\n\n\n\n<p>Maniobras fraudulentas (abuso de confianza, mentiras, omisiones graves, etc.) destinadas a empujar a una persona (f\u00edsica o jur\u00eddica) a la firma de un contrato.<\/p>\n\n\n\n<p>Ejemplo: en octubre de 2020, BNP Paribas Personal Finance, una subsidiaria de BNP Paribas, fue condenada por el Tribunal de Apelaci\u00f3n de Par\u00eds y declarada \u00abculpable de pr\u00e1ctica comercial enga\u00f1osa\u00bb por la comercializaci\u00f3n, en 2008 y 2009, de pr\u00e9stamos de alto riesgo, extendidos en francos suizos pero reembolsables en euros. Al vender pr\u00e9stamos t\u00f3xicos a las comunidades locales francesas y dar a estos productos una imagen demasiado optimista, es decir, una casi ausencia de riesgo, el banco no respet\u00f3 su obligaci\u00f3n de informar a sus clientes.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Cl\u00e1usulas leoninas<\/p>\n\n\n\n<p>Cl\u00e1usula que tiene una ventaja desproporcionada y excesiva en&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Beneficio\"><em>beneficio<\/em><\/a>&nbsp;de una de las dos partes de un contrato.<\/p>\n\n\n\n<p>Ejemplo: los pr\u00e9stamos de los bancos brit\u00e1nicos a los Nuevos Estados Independientes en la d\u00e9cada de 1820 fueron claramente leoninos. De hecho, por un t\u00edtulo emitido con un valor de 100 libras, el pa\u00eds deudor recibi\u00f3 solo 65 libras, el resto constitu\u00eda una comisi\u00f3n para el banco. El Estado deudor, sin embargo, tuvo que pagar tasas de hasta el 6%, calculadas, por supuesto, sobre una deuda de 100, a devolver en su totalidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Ejemplo: gracias al trabajo de la Comisi\u00f3n de Auditor\u00eda de Deuda (CAIC) constituida en Ecuador, el gobierno ecuatoriano ha podido basar su suspensi\u00f3n de pago en la presencia de cl\u00e1usulas leoninas y enriquecimientos il\u00edcitos en determinados contratos de pr\u00e9stamo.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Cl\u00e1usulas abusivas<\/p>\n\n\n\n<p>Cualquier cl\u00e1usula o condici\u00f3n de un contrato que, por s\u00ed sola o en combinaci\u00f3n con una o m\u00e1s cl\u00e1usulas o condiciones, cree un desequilibrio manifiesto entre los derechos y obligaciones de ambas partes en perjuicio de una de ellas.<\/p>\n\n\n\n<p>Ejemplo: en los contratos de pr\u00e9stamo concedidos a Grecia, los acreedores insertaron una cl\u00e1usula que garantizaba que Grecia tendr\u00e1 que cumplir con sus obligaciones incluso si los acuerdos resultaran ilegales. : \u00abSi alguna de las disposiciones contenidas en este acuerdo fuera o se volviera total o parcialmente inv\u00e1lida, ilegal o imposible de aplicar dentro de un marco legal, la validez, legalidad y aplicabilidad de las dem\u00e1s disposiciones contenidas en la convenci\u00f3n no se ver\u00edan afectadas. Las disposiciones que sean total o parcialmente inv\u00e1lidas, ilegales o inaplicables ser\u00e1n interpretadas e implementadas de acuerdo con el esp\u00edritu y el objetivo de este acuerdo\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\" id=\"4_las_deudas_ilegitimas_deudas_que_no_benefician_el_interes_general_sino_a_una_minoria_privilegiada\">4) Las deudas ileg\u00edtimas : deudas que no benefician el inter\u00e9s general sino a una minor\u00eda privilegiada<\/h3>\n\n\n\n<p>El derecho internacional no define con precisi\u00f3n el concepto de deuda ileg\u00edtima. Sin embargo, varios juristas especialistas en derecho internacional han establecido criterios para definir la noci\u00f3n de ilegitimidad de una deuda p\u00fablica. Seg\u00fan el jurista David Ruzi\u00e9, la obligaci\u00f3n de saldar una deuda no es absoluta y solo se aplica a las&nbsp;<em>\u00abdeudas contra\u00eddas en inter\u00e9s general de la comunidad\u00bb&nbsp;[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nb7\">7<\/a>]&nbsp;<\/em>. En resumen, podemos decir que una deuda ileg\u00edtima es una deuda que se ha contra\u00eddo sin respetar el inter\u00e9s general y favoreciendo el inter\u00e9s particular de una minor\u00eda privilegiada.<\/p>\n\n\n\n<p>El concepto de deuda ileg\u00edtima se ha utilizado varias veces en los \u00faltimos a\u00f1os para justificar las cancelaciones de deuda.<\/p>\n\n\n\n<p>El gobierno noruego audit\u00f3 sus&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Creditos\"><em>cr\u00e9ditos<\/em><\/a>&nbsp;contra pa\u00edses en desarrollo y afirm\u00f3 que eran ileg\u00edtimos, y luego decidi\u00f3 cancelarlos unilateralmente. (ver la pregunta 5 que ser\u00e1 pr\u00f3ximamente publicada)<\/p>\n\n\n\n<p>El gobierno ecuatoriano, tras haber realizado una auditor\u00eda completa de su deuda, se apoy\u00f3 en la noci\u00f3n de ilegitimidad para justificar una suspensi\u00f3n de pago y negociar una reducci\u00f3n significativa de esta deuda. (ver la pregunta 5).<\/p>\n\n\n\n<p>A\u00f1adamos que la Comisi\u00f3n de Auditor\u00eda de la deuda griega destac\u00f3 claramente la naturaleza ileg\u00edtima de una gran parte de la deuda reclamada a Grecia, en particular al mostrar que los contratos de pr\u00e9stamo fueron dise\u00f1ados y organizados con el \u00fanico prop\u00f3sito salvar a los grandes bancos privados, en particular franceses y alemanes, pero tambi\u00e9n griegos, permiti\u00e9ndoles protegerse del estallido de la burbuja crediticia privada que hab\u00edan creado. Recordemos que en 2010 estaba sobre la mesa una reestructuraci\u00f3n de la deuda y que el propio FMI consideraba necesaria esta reestructuraci\u00f3n. Sin embargo, se tom\u00f3 la decisi\u00f3n de posponerla. El FMI da muy claramente el motivo de este aplazamiento:&nbsp;<em>\u00abLa reestructuraci\u00f3n de la deuda habr\u00eda sido m\u00e1s beneficiosa para Grecia, pero era inaceptable para los socios europeos. Retrasar la reestructuraci\u00f3n ha ofrecido una ventana para que los acreedores privados reduzcan su exposici\u00f3n y transfieran sus cr\u00e9ditos al sector p\u00fablico\u00bb<\/em>&nbsp;[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nb8\">8<\/a>]&nbsp;. El informe de la Comisi\u00f3n de Auditor\u00eda tambi\u00e9n estableci\u00f3 que m\u00e1s del 80% de los 240.000 millones de pr\u00e9stamos concedidos por la Troika en 2010 y 2012 se destinaron directamente al reembolso a una veintena de bancos privados. Una parte significativa de este dinero ni siquiera lleg\u00f3 a suelo griego, simplemente pas\u00f3 a trav\u00e9s de una cuenta espec\u00edfica creada en el&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/BCE-Banco-central-europeo\"><em>BCE<\/em><\/a>. Lamentablemente, el gobierno decidi\u00f3 ignorar las conclusiones del Informe de la Comisi\u00f3n de la Verdad, capitular y firmar un acuerdo desastroso con sus acreedores. (ver pregunta 5)<\/p>\n\n\n\n<p>Traducci\u00f3n: Alberto Nadal<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">Notas<\/h5>\n\n\n\n<p>[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nh1\">1<\/a>]&nbsp;RSA, Caso de indemnizaciones ruso, sentencia del 11.11.1912. Este es tambi\u00e9n el caso, por ejemplo, en el caso de \u201cPr\u00e9stamos federales brasile\u00f1os emitidos en Francia\u201d, PCIJ, Serie C, n \u00b0 16-IV, Sentencia del 12 de julio de 1929.<\/p>\n\n\n\n<p>[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nh2\">2<\/a>]&nbsp;Journal of Development Economics 94, 2011, p. 95-105. (Revista de Econom\u00eda del Desarrollo 94, 2011, p\u00e1g. 95-105)<\/p>\n\n\n\n<p>[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nh3\">3<\/a>]&nbsp;Alexandre Nahum Sack (Mosc\u00fa 1890 &#8211; Nueva York 1955), considerado uno de los padres de la doctrina de la deuda odiosa, fue un jurista conservador ruso que ense\u00f1\u00f3 derecho durante el per\u00edodo zarista y luego se exili\u00f3 en Par\u00eds en la d\u00e9cada de 1920. antes de emigrar a Estados Unidos. Sack estaba a favor de continuar con las obligaciones estatales despu\u00e9s del cambio de r\u00e9gimen, pero reconoci\u00f3 que algunos Estados hab\u00edan repudiado con \u00e9xito sus deudas. Por tanto, su trabajo puede interpretarse como una forma de advertir a los acreedores contra la concesi\u00f3n de pr\u00e9stamos que legitimar\u00edan el repudio de las deudas tras un cambio de r\u00e9gimen en el Estado deudor. Muchos comentaristas del trabajo de Sack han considerado err\u00f3neamente que para que una deuda se caracterice como odiosa, debe haber sido contratado por un r\u00e9gimen desp\u00f3tico. \u00c9sta no es la posici\u00f3n de Sack. En efecto, el abogado considera que hay varias situaciones en las que una deuda puede calificarse de odiosa. Un gobierno democr\u00e1tico puede haber contra\u00eddo deudas odiosas y pueden ser canceladas. El CADTM hasta 2016 cometi\u00f3 el error de pensar que Sack consideraba que el car\u00e1cter desp\u00f3tico del r\u00e9gimen era una condici\u00f3n sine qua non. Este error ha sido corregido en esta publicaci\u00f3n: Eric Toussaint, \u201cLa odiosa deuda seg\u00fan Alexandre Sack y seg\u00fan el CADTM\u201d, publicado el 18 de noviembre de 2016 en&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/La-deuda-odiosa-segun-Alexander\">https:\/\/www.cadtm.org\/La-deuda-odiosa-segun-Alexander<\/a>&nbsp;V\u00e9ase tambi\u00e9n el libro de Eric Toussaint, Sistema deuda. Historia de las deudas soberanas y su repudio, Icaria Editorial.SBN: 978-84-98888-133 A\u00f1o Publicaci\u00f3n: 2018<\/p>\n\n\n\n<p>[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nh4\">4<\/a>]&nbsp;Sack AN, Sack A. N., \u00ab Les effets des transformations des \u00c9tats sur leurs dettes publiques et autres obligations financi\u00e8res \u00bb, Recueil Sirey, Paris, 1927. (\u201cLos efectos de las transformaciones estatales sobre sus deudas p\u00fablicas y otras obligaciones financieras\u201d , Recueil Sirey, Par\u00eds, 1927).<\/p>\n\n\n\n<p>[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nh5\">5<\/a>]&nbsp;SACK, Alexander Nahum. 1927. p. 158.<\/p>\n\n\n\n<p>[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nh6\">6<\/a>]&nbsp;V\u00e9ase el informe de la New Economics Foundation, \u201cOdious Lending : Debt Relief as if Moral Mattered\u201d (Pr\u00e9stamos odiosos: Alivio de la deuda como si la moral importara), p\u00e1g. 2:&nbsp;<em>\u00abThe result is a vicious circle of debt in which new loans have to be taken out by successive governments to service the odious ones, effectively \u2019laundering\u2018 the original loans. This defensive lending can give a legitimate cloak to debts that were originally the result of odious lending\u00bb<\/em>&nbsp;(\u00abEl resultado es un c\u00edrculo vicioso de deuda en el que los sucesivos gobiernos tienen que sacar nuevos pr\u00e9stamos para atender a los primeros odiosos, efectivamente \u2019blanqueando\u2019 los pr\u00e9stamos originales. Este pr\u00e9stamo defensivo puede dar un disfraz leg\u00edtimo a las deudas que originalmente fueron el resultado de pr\u00e9stamos odiosos\u00bb . Disponible en&nbsp;<a href=\"http:\/\/www.jubileeresearch.org\/news\/Odiouslendingfinal.pdf\">www.jubileeresearch.org\/news\/Odiouslendingfinal.pdf<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nh7\">7<\/a>]&nbsp;Ruzie David, Droit international public, 17e \u00e9dition, Dalloz, 2004, p. 93. (Derecho Internacional P\u00fablico, 17 \u00aa edici\u00f3n, Dalloz, 2004, p. 93.).<\/p>\n\n\n\n<p>[<a href=\"https:\/\/www.cadtm.org\/Cuales-son-los-4-tipos-de-deuda-publica-que-no-se-pueden-reembolsar#nh8\">8<\/a>]&nbsp;\u201cGreece : Ex Post Evaluation of Exceptionnal Access under the 2010 Stand-By Arrangement\u201d, Country Report n\u00b013\/156, FMI, 2013. (\u201cGrecia: Evaluaci\u00f3n ex post del acceso excepcional en el marco del Acuerdo Stand-By de 2010. \u00bb, Informe de pa\u00eds n \u00b0 13\/156, FMI, 2013).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Eric Toussaint\u00a0,\u00a0Olivier Bonfond\u00a0,\u00a0Mats Lucia Bayer Fuente: CADTM La gran mayor\u00eda de la poblaci\u00f3n europea y mundial cree hoy que siempre hay que pagar una deuda. Detr\u00e1s de esta idea hay un argumento moral sencillo y aparentemente imparable: si has pedido dinero prestado es normal devolverlo, lo contrario es deshonestidad o robo. Sin embargo, es conocer [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3647,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/www.movimientocaamanista.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3646"}],"collection":[{"href":"http:\/\/www.movimientocaamanista.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/www.movimientocaamanista.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.movimientocaamanista.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.movimientocaamanista.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3646"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/www.movimientocaamanista.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3646\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3648,"href":"http:\/\/www.movimientocaamanista.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3646\/revisions\/3648"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.movimientocaamanista.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/3647"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/www.movimientocaamanista.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3646"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.movimientocaamanista.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3646"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.movimientocaamanista.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3646"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}